La justicia vuelve a dar la razón a María Ángeles Carrasco

28/01/22 Flamencomanía David Montes

Sevilla, a 28 de enero de 2022. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la sentencia del Juzgado de los Social de Sevilla número 6 que, en enero de 2020, dictaminó como nulo el despido de María Ángeles Carrasco como directora del Instituto Andaluz de Flamenco, ente dependiente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Junta de Andalucía, cargo del que fue cesada en marzo 2019 ''por motivos ideológicos'' dada su condición de afiliada al PSOE, tras el cambio de gobierno que se produjo en la comunidad autónoma en las últimas elecciones.

Condenando al pago de las costas del procedimiento a la Junta de Andalucía, el magistrado del TSJA encargado de resolver el recurso tampoco ha estimado los motivos alegados por los servicios jurídicos del ente autonómico contra María Ángeles Carrasco, a quien no se le ha permitido volver a su puesto de trabajo como coordinadora del ente, a pesar de que cuando fue nombrada directora del IAF, firmó el contrato de alta dirección con derecho a regresar a una plaza de la que ha estado percibiendo su sueldo pero, sin embargo, no ha podido ocupar.

María Ángeles Carrasco entró a formar parte como coordinadora del Instituto Andaluz de Flamenco de la Junta de Andalucía en el año 2006 por concurso público y, cuatro años más tarde, fue nombrada directora del ente. Tras el cambio de gobierno y siendo su puesto una alta dirección de libre designación por parte de la Consejería de Cultura era más que lógico su cese, pero al permitírsele volver a su puesto de coordinadora decidió cursar la correspondiente demanda por vulneración de derechos fundamentales, dándole la justicia la razón y estimando la nulidad de su despido debido a la ''discriminación ideológica'' alegada y condenando a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a reincorporar a la trabajadora de manera inmediata.

Aún cuando la parte condenada interpuso recurso, incorporó a la ex-directora del Instituto Andaluz de Flamenco en un puesto distinto al que le correspondía por lo que, de nuevo, María Ángeles Carrasco cursó demanda por incumplimiento de sentencia, el resultado favorable de la demanda tuvo como efecto el reconocimiento de la categoría profesional. No obstante, y tras alegar el ente autonómico que la plaza que ocupaba y consolidó desde 2006 ya no existía y no permitírsele regresar a un puesto de trabajo del que hasta habían quitado el equipo informático, el Juzgado de lo social número 6 de Sevilla dictaminó la exoneración de forma cautelar de la prestación de servicios como trabajadora de la ex-directora, pero sin el perjucio de recibir su salario (en torno a 45.000 euros brutos al año) por lo que, hasta la fecha, María Ángeles Carrasco ha estado cobrando su sueldo en su casa y sin poder desempeñar las funciones inherentes al mismo por no tener lugar desde donde poder hacerlo.

Ahora es el alto tribunal el que ha vuelto a dar la razón a María Ángeles Carrasco, quien cosidera que la ex-directora del Instituto Andaluz del Flamenco tenía derecho a su reincorporación y que la Junta no podía extinguir esta relación laboral más que, según fuentes consultadas por este medio, a través de la vía de la asunción de los costes que supone la figura del despido improcedente.

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