La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a través de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (AAIICC), ha convocado ayudas en régimen de concurrencia no competitiva por un importe global de 2,5 millones de euros para favorecer la creación artística y paliar los perjuicios causados a las salas y los espacios culturales afectados por el cierre de actividad causado por la pandemia de la Covid-19.
Las ayudas, publicadas hoy en el BOJA número 115, de 17 de junio de 2020, se incluyen en el Plan de Impacto para la Cultura presentado por la consejera Patricia del Pozo con el propósito de reactivar el sector cultural de Andalucía tras la parálisis provocada por la crisis sanitaria. El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA.
Ayudas a la creación artística
Las ayudas a la creación artística, dotadas con 1.200.000 euros, van dirigidas a dar apoyo a los creadores de obras literarias, dramáticas, coreográficas, de flamenco, guiones cinematográficos y de obras plásticas, con el objetivo de suplir la ausencia de ingresos durante la pandemia. En definitiva, aspiran a promover el trabajo de los creadores en Andalucía.
Así, podrán ser beneficiarias las personas físicas con domicilio fiscal en Andalucía a la fecha de la declaración del estado de alarma, es decir, el pasado 14 de marzo de 2020, que se dediquen a la creación artística, es decir, a la expresión literaria, dramática, coreográfica, musical, de flamenco, guiones cinematográficos, de artes visuales y de diseño artístico.
Los autores deberán haber realizado en los últimos cinco años alguna de las siguientes actividades: con respecto a los textos literarios, tener al menos dos obras publicadas, una de ellas premiada; para los textos dramáticos, tener al menos dos obras publicadas o estrenadas; para la creación musical y de cante o toque flamenco, los solicitantes deben contar al menos con dos obras editadas y estrenadas, con una duración mínima de 25 minutos cada una de ellas.
Por su parte, para la creación coreográfica, arte en movimiento y baile flamenco la convocatoria establece el requisito de tener al menos dos espectáculos estrenados con difusión pública, con una duración mínima de 25 minutos cada una de ellas. Igualmente, los creadores de guiones cinematográficos que quieran optar a estas ayudas han de tener al menos un largometraje, un documental, una serie de ficción o dos cortometrajes estrenados.
Del mismo modo, esta línea de ayudas a la creación artística también beneficia a los autores de obras visuales y proyectos de diseño artístico siempre y cuando hayan realizado al menos dos exposiciones, de carácter individual o colectiva, instalaciones, performance, desfiles o colecciones realizadas. La subvención consistirá en una cuantía, a tanto alzado, de 3.000 euros.
Ayudas por cancelación de programación
Las ayudas por cancelación de programación, con una dotación presupuestaria de 1.300.000 euros, se convocan para paliar los daños sufridos por las salas y espacios culturales andaluces que, como consecuencia de la declaración del estado de alarma, se hayan visto obligadas a cancelar los eventos programados en el primer semestre de 2020.
En concreto, esta línea va dirigida a las salas de teatro, danza y música, los espacios de programación de flamenco y las salas de exhibición cinematográfica que sean de titularidad privada, con la finalidad de ayudar a sostener la continuidad de estos centros culturales, evitando su cierre definitivo y, por tanto, la destrucción de empleo.
Los beneficiarios serán personas físicas o jurídicas privadas con domicilio fiscal en Andalucía a la fecha de la declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020), que sean titulares de la explotación de esos espacios escénicos. Para acceder a dichas ayudas se debe cumplir que las salas tengan un aforo mínimo de 75 localidades; que hayan sido canceladas por causa directa de la crisis de la Covid-19 al menos 20 funciones de teatro, música, danza o flamenco y, en materia cinematográfica, al menos 50 pases. Del mismo modo se requiere que las actividades canceladas hayan sido anunciadas o hayan formado parte de un plan de actividades verificable con anterioridad al 14 de marzo de 2020.
Cada subvención consistirá en una cuantía, a tanto alzado, de 8.000 euros para salas de teatro, música, flamenco o danza, con aforo superior a 75 localidades hasta 150 localidades. Si el aforo excede de 150 localidades, la cuantía será de 15.000 euros. En el caso de salas de exhibición cinematográfica, la cuantía será de 3.000 euros por pantalla de cine que supere las 75 localidades, con un límite máximo de 30 pantallas por beneficiario. Asimismo, no se concederá a un mismo solicitante más de una subvención por cada una de las líneas reguladas en esta sección.
Los interesados pueden consultar la convocatoria en el BOJA, número 115, de 17 de junio de 2020. Las solicitudes se presentarán preferentemente por medios telemáticos, siendo la dirección a la que podrán dirigirlas: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC, o bien a través del Portal de Atención a la Ciudadanía: https://juntadeandalucia.es/servicios.html. Sin perjuicio de lo anterior, las solicitudes exclusivamente para la línea de creación artística podrán presentarse además en los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los formularios de solicitud (Anexos I) que se publican conjuntamente con la resolución de la convocatoria se pueden obtener en la página web http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ y en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (AAIICC).
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