Convocado el procedimiento de concesión de subvenciones al tejido asociativo del flamenco

07/09/16 Flamencomanía David Montes

Un año más, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, ha abierto el plazo de admisión de solicitudes para conceder subvenciones al tejido asociativo del flamenco. Según se publica en el BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía) del primero de los días de septiembre, podrán optar a la obtención de estas ayudas, en régimen concurrencia competitiva, las asociaciones y personas jurídicas sin ánimo de lucro, vinculadas al sector del flamenco, quedando expresamente excluidas las federaciones de asociaciones.

Con el objetivo de promocionar el tejido asociativo flamenco en Andalucía, se podrán pedir ayudas para aquellas actividades que de forma directa contribuyan eficazmente al fomento del flamenco tales como representación pública, conciertos, recitales, conferenciantes, cursos, ediciones discográficas o bibliográficas y digitalización de cualquier documento gráfico, sonoro o audiovisual, relacionados con el arte flamenco en sus distintas modalidades y sobre los que la entidad solicitante posea los derechos de propiedad intelectual, cuyo plazo de ejecución se inicie dentro del año en curso en el que se realice la correspondiente convocatoria, y finalice como máximo dentro del año siguiente al de la mencionada convocatoria.

Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presentarán conforme al modelo en la Orden de 7 de julio de 2011 por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones, y se presentarán preferentemente en la sede de esta entidad, sita en el Edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja, 41092, Sevilla, sin perjuicio de su presentación por cualquiera de las formas establecidas aprobadas también en la orden citada anteriormente, en el plazo 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tanto la citada solicitud, Anexo I, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos, Anexo II, a los que se refiere la Orden de 7 de julio de 2011, se podrán obtener en la página web www.aaiicc.es en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en las sedes de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, (Instituto Andaluz del Flamenco) y Centro Andaluz del Flamenco.La resolución de concesión deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, pudiendo entenderse desestimada si transcurrido este plazo no hubiera recaído resolución expresa, no superando nunca el importe de 60.000 € la dotación máxima que se pueda realizar a cada una de ellas.

Aquellas instituciones interesadas en poder optar a estas ayudas, pueden acceder al BOJA que contiene su publicación en el siguiente enlace:

- Resolución de 25 de agosto de 2016, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía.

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