El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó el pasado 29 de marzo la Orden de 24 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía. Esta orden, que ha entrado en vigor el día 30 de marzo de 2017, derogada la anterior Orden de 7 de julio de 2011. El objeto de esta orden es la promoción del flamenco mediante la concesión de subvenciones al sector profesional del flamenco para la producción y creación de nuevos espectáculos de flamenco, en sus distintas expresiones de cante, toque y baile.
Los proyectos subvencionables serán aquellos que se hubieran iniciado dentro del año natural en el que se realice la correspondiente convocatoria y finalicen como máximo dentro del año siguiente a la misma. En todos los proyectos se requiere la producción de un espectáculo de flamenco, en cualquiera de sus expresiones de cante, toque y baile, y una representación que suponga su estreno o comercialización. En ningún caso serán subvencionables los proyectos de producción discográfica, de formación, animación sociocultural e investigación.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones de cante, toque y baile, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.
Aquellos artistas o entidades interesados en conocer en mayor profundidad los criterios de concesión de subvenciones así como los requisitos que se tienen que cumplir para solicitar las mismas, pueden hacerlo a través de de este enlace:
Ayudas al tejido profesional del flamenco